Use una máscara seguida de un video en el transporte.
El gobierno acaba de publicar un decreto en el Diario Oficial de la Federación de 11 de marzo de 2021 autorizando la “uso de video inteligente para medir la tasa de uso de máscaras en el transporteEl decreto debe tener una vigencia de un año a partir de la fecha del 11 de marzo de 2021. La videovigilancia no debe utilizar el reconocimiento facial para identificar a las personas sin máscara y sancionarlas con una multa de 135 euros. El objetivo declarado es obtener un seguimiento estadístico del uso de la máscara para adaptar las recomendaciones al público.
Como lo requiere el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR), el decreto proporciona información ascendente para que los viajeros los eviten. “las principales características del tratamiento“imágenes. El decreto explica que el uso de “video inteligente“Compensará la falta de cálculo manual de personas enmascaradas o no en el medio de transporte. “procesamiento de software específico que permite el análisis en tiempo real de la transmisión de video“para automatizar el proceso.
Instantáneamente anonimizado
Las imágenes de los usuarios en el transporte, recopiladas para evaluar la tasa de uso de mascarillas en el contexto de la pandemia, deben ser “anonimizado instantáneamente“, recuerda un decreto publicado el jueves en el Diário da República. Cuando se impone el uso de máscara”en vehículos o espacios accesibles al público y utilizados para el transporte público de viajeros, los operadores de los servicios de transporte público de viajeros y los gestores de los espacios utilizados para estos servicios garantizan el cumplimiento de esta obligación.“, recuerda el texto del preámbulo.
Sin almacenamiento ni transmisión a terceros
Pero los operadores y gerentes deben asegurarse de que “imágenes recopiladas exclusivamente por cámaras fijas ubicadas en vehículos o espacios accesibles al público para el transporte público de pasajeros, no son almacenadas ni transmitidas a terceros“, enfatiza el decreto. También hay que recordar que el uso de datos”se refiere únicamente al número de personas detectadas y al porcentaje de personas que llevan máscara, excluyendo cualquier otro dato que permita clasificar o reidentificar a las personas“
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