Gases contaminantes: París, Bruselas y Madrid rechazados por la justicia de la UE
Las ciudades de París, Bruselas y Madrid fueron saqueadas este jueves por la justicia de la UE, en una demanda contra una normativa europea de 2016 acusada de ser demasiado flexible en determinadas emisiones contaminantes de los automóviles.
La sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con sede en Luxemburgo, anula una primera decisión del Tribunal General de la UE que había ganado a finales de 2018 el caso de estas grandes metrópolis que luchaban contra el automóvil polución.
Las tres ciudades son rechazadas por razones legales. Atacaron un texto europeo sobre estándares de emisión de óxido de nitrógeno (NOx) que, en realidad, no les impide tomar medidas para limitar la contaminación en su territorio, dijo la Corte.
A raíz del “Dieselgate”, un gran escándalo sobre los motores manipulados del fabricante alemán Volkswagen que estalló en otoño de 2015, la Comisión Europea tuvo que someter a una modificación, considerada muy favorable a los industriales, de su normativa sobre emisiones contaminantes de los vehículos ligeros. .
Las ciudades de París, Bruselas y Madrid han decidido emprender acciones legales contra el nuevo reglamento “Euro 6” al considerar que “les impediría imponer restricciones a la circulación de vehículos privados en cuanto a sus emisiones contaminantes”, recuerda el TJUE en un Comunicado de prensa.
En mayo de 2018, la alcaldesa de París, Anne Hidalgo, compareció personalmente ante el Tribunal General de la UE para denunciar un “permiso para contaminar”, en referencia al margen de tolerancia concedido a los fabricantes sobre las emisiones de NOx durante las pruebas en carretera (antes de que se comercialicen los coches nuevos).
Siete meses después, el Tribunal General de la UE anuló la disposición del reglamento “Euro 6” que fijaba el nivel aceptable de estas emisiones.
El jueves, el TJUE decidió reconsiderar esta “cancelación parcial”, que queda invalidada por motivos legales.
“El Tribunal General incurrió en un error de derecho al considerar que el reglamento impugnado afecta directamente a las ciudades candidatas”, escribe el Tribunal en su comunicado de prensa.
Evidentemente, este reglamento europeo regula las condiciones de matriculación y comercialización de coches nuevos en los 27 países de la UE, y no debe impedir “ciertas restricciones de tráfico local destinadas, en particular, a la protección del medio ambiente”.
La actuación de las tres metrópolis es inadmisible porque, como argumenta la Comisión Europea, “no les afecta directamente” este acto regulador, insiste el TJUE.
Además de la Comisión, dos países de la UE, Alemania y Hungría, apelaron la decisión de primera instancia en diciembre de 2018.
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