En Sciences Po, el artículo 40 y la toga de la discordia
En la foto que inmortaliza el evento, Mathias Vicherat es todo sonrisas. El director de Sciences Po acaba de otorgar, este martes 27 de junio, un doctorado honoris causa a la excanciller alemana Angela Merkel por su compromiso con la construcción europea. El anfiteatro Boutmy está repleto. En las primeras filas hay vestidos negros sueltos adornados con colores llamativos: rojo para los profesores de derecho, naranja para los profesores de artes y letras y, finalmente, amaranto para la doctora en ciencias, Ángela Merkel.
En los hombros, Sr. Vicherat viste un paño de muaré púrpura, la insignia de los rectores e inspectores de la academia, como se define en un decreto napoleónico del 31 de julio de 1809. “Sobre el traje de los universitarios”.
El detalle no se le escapó a Yann Bisiou, profesor de derecho privado en la Universidad Paul-Valéry-Montpellier 3, quien incluso lo denunció ante la Fiscalía de París, en virtud del artículo 40 del Código de Procedimiento Penal. Al usar este hábito, el director de Sciences Po podría haber cometido un delito, según él.
Mathias Vicherat “viste el hábito oficial de decanos titulados, toga negra, epítome con tres franjas de armiño, rayado de negro, y corbata de chambray”, describe Yann Bisiou en su carta del 29 de junio. Pero el director del instituto no es decano, como tampoco tiene doctorado.
Asimismo, prosigue el Sr. bisio, “La mayoría de los profesores que visten la toga durante esta ceremonia no son profesores universitarios. Y si algunos maestros, como el Sr. Pascal Perrineau, a quien reconocemos en varias imágenes, son realmente médicos, otros, como la Sra. Arancha González, decana de la escuela de relaciones internacionales, no son y aún llevan el epítome de las tres bandas. »
“El tema está lejos de ser superficial”
Según él, el uso de este atuendo oficial y sus atributos es susceptible de constituir los delitos previstos en dos artículos del código penal (433.14 y 433.17). El primero castiga con la pena de prisión de un año y multa de 15.000 euros por el uso de traje, uniforme o condecoración regulado por la autoridad pública y por el uso de documento acreditativo de calidad profesional o distintivo regulado por la autoridad pública. El segundo castiga con las mismas penas el uso, sin derecho, de un título oficial o de calidad cuyas condiciones de atribución fije la autoridad pública.
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